¿Qué es la Ley General de Discapacidad y la obligación de reserva de empleo?

Desde 1982, en España, todas las empresas, tanto privadas como públicas, con 50 o más empleados, están obligadas a que al menos el 2% de su plantilla esté compuesta por personas con discapacidad, ya sea física o intelectual. Esta obligación facilita la integración laboral de este colectivo.

Sin embargo, algunas empresas pueden demostrar dificultades para cumplir con esta cuota, ya sea por la naturaleza de su actividad o por la imposibilidad de encontrar perfiles adecuados. Para estos casos, la normativa contempla la EXCEPCIONALIDAD, una autorización administrativa que permite sustituir la contratación directa por las denominadas Medidas Alternativas.

A pesar de esta flexibilización, el 75% de las empresas obligadas siguen sin cumplir la LGD, lo que puede derivar en sanciones.

¿Cuáles son las Medidas Alternativas?

Las empresas pueden cumplir con la LGD mediante:

  1. Compra de bienes: Contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo (CEE) o un autónomo con discapacidad para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para la actividad de la empresa.
  2. Prestación de servicios: Contratar con un CEE o un autónomo con discapacidad para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad habitual de la empresa.
  3. Donaciones o acciones patrimoniales: Realizar aportaciones monetarias a entidades sin ánimo de lucro que trabajen en la inserción laboral de personas con discapacidad.
  4. Creación de un enclave laboral: Contrato entre una empresa ordinaria y un CEE, donde un grupo de trabajadores con discapacidad se traslada temporalmente a la empresa colaboradora para realizar tareas relacionadas con su actividad.

¿Qué sucede si no aplico ninguna de las obligaciones?

Si una empresa obligada ni cumple la cuota del 2% ni aplica las Medidas Alternativas autorizadas, puede enfrentarse a sanciones.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2000, el incumplimiento de la LGD se considera una infracción grave, con las siguientes consecuencias:

  • Multas económicas de hasta 187.515 €.
  • Pérdida y exclusión de beneficios fiscales, bonificaciones y ayudas públicas, así como la devolución de subvenciones ya concedidas.
  • Prohibición de contratar con la Administración Pública

¿Cómo puede ayudarte PLANEO a cumplir con la LGD?

En PLANEO ofrecemos a las empresas una solución efectiva para cumplir con la Ley General de Discapacidad a través de las Medidas Alternativas, permitiendo a aquellas que no pueden alcanzar la cuota del 2% hacerlo mediante la contratación de bienes y servicios.

Nuestra oferta incluye una amplia gama de productos y servicios adaptados a las necesidades de cada empresa, tales como:

  • Merchandising corporativo.
  • Uniformidad laboral personalizada.
  • Regalos promocionales y de empresa.
  • Manipulados y personalización de productos.

Además, no necesitas realizar nuevas inversiones ni cambiar procesos internos. Basta con redirigir parte de tus compras habituales a PLANEO para que se conviertan en una Medida Alternativa válida, sin costes adicionales ni modificaciones operativas.

Si tu empresa necesita cumplir con la LGD de forma sencilla y efectiva, en PLANEO te asesoramos en todo el proceso, garantizando transparencia y seguridad en su aplicación. Ponte en contacto con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte a convertir esta obligación en una oportunidad para generar un impacto social positivo.

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